La Seguridad Social de los autónomos

gente-de-negocios-celebrando-el-exito_1098-1996Entre los muchos trámites que deben hacer los autónomos para tener una empresa o formar parte de una franquicia, los trámites de la seguridad social pueden ser los peores y más difíciles, sobre todo si no has estado dentro del mercado laboral y se te resiste esto (que es probable que te suceda). Entonces, ¿cómo puedes saber lo que tienes que hacer como autónomo?

Nosotros te explicamos algunos de los trámites más importantes en cuanto a la seguridad social de los autónomos.

La seguridad social de los autónomos

Un trabajador autónomo ha de ser el responsable de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en la Seguridad Social. También debe ocuparse de comunicar cualquier variación en sus datos así como la baja cuando se deje de realizar la actividad.

En general, los colectivos que están obligados a darse de alta como autónomos son aquellos cuyos ingresos vayan a ser al menos iguales al salario mínimo interprofesional porque, si no llegan, podrían no tener que hacerlo (porque en realidad solo serían pérdidas lo que tendría).

Pero, en este caso, deben serlo: trabajadores mayores de 18 años que realizan una actividad económica de forma lucrativa; el cónyuge y los familiares hasta el segundo grado que colaboren con el trabajador autónomo; escritores de libros; trabajadores autónomos económicamente dependientes; trabajadores autónomos extranjeros que tengan su actividad en territorio español; socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado; comuneros o socios de comunidades de bienes; etc.

El alta de autónomos requiere de la presentación del modelo TA0521 en las administraciones de la Seguridad Social aportando con ello lo siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad.
  • Copia del permiso de trabajo ( y presentación del original) en caso de que seas un trabajador de nacionalidad extranjera.
  • Original y copia de documentos que determinen la procedencia del alta como es la declaración censal.
  • Si eres trabajador autónomo de una sociedad inscrita también tendrás que llevar el documento de constitución de la sociedad.

En ese modelo hay que hacer constar la actividad o actividades a las que te vas a dedicar y saber que la incapacidad temporal es obligatoria así como las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales (para los autónomos económicamente dependientes).

El plazo de presentación debe ser dentro de los 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad (es decir, que tienes un mes para poder inscribirte como autónomo sin que se te pase la fecha). Eso sí, las altas de autónomo, aunque las hagas a fin de mes, tienen en efecto desde el primer día del mes natural en que se concurran todas las condiciones.

Hay veces en que, bien por las prisas, o porque no nos damos cuenta, los datos que se introducen son erróneos, o pensamos en unos datos y después se colocan otros (por ejemplo por un cambio de local, o porque se cambia de actividad). Todo esto hay que avisarlo también en la seguridad social y para ello se utiliza el modelo TA0521, el mismo para el alta (de hecho este modelo se utiliza para el alta, modificación y baja de autónomos).

En este caso la variación de datos requerirá de la presentación del original y la copia del documento de prueba que avale ese cambio que quieres hacer. Eso sí, tienes solo un plazo de 6 días naturales para cambiarlo.

En cuanto a la baja, tendrá efectividad a partir del primero del mes siguiente a aquel en que se deje de estar de baja, es decir, si te das de baja el 18 de junio, tu baja será hasta efectiva a partir del 1 de julio (aunque te hayas querido dar de baja antes de que te cobren (que es a partir del 20 del mes)).

Los trámites a través de internet

Hoy día internet está casi en todas las casas y es por eso que también puedes darte de alta en la Seguridad Social, como autónomo, a través de internet en la página oficial de la Seguridad Social. Para ello vas a necesitar ciertos datos que te han dado en Hacienda (que también puedes darte de alta en internet) y el DNI electrónico (con su aparato para conectarlo al ordenador y el pin para entrar).

Con eso, los trámites son sencillos y estarías dado de alta en cuestión de minutos con un documento que certificaría esto para que estuvieras seguro de haberlo hecho bien.

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